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¿Cuándo es obligatorio disponer de Bocas de Incendio Equipadas en una empresa?

Una Boca de Incendio Equipada (BIE) es el conjunto de elementos necesarios que permite transportar y proyectar agua desde un punto fijo de la red de abastecimiento de agua hasta el lugar del incendio. Más concretamente, y como se describe en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios «los sistemas de bocas de incendio equipadas estarán compuestos por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para la alimentación de agua y las bocas de incendio equipadas necesarias».

¿Es obligatorio que las empresas tengan bocas de incendio equipadas en sus instalaciones?

En general, la instalación de una BIE  está recomendado cuando un extintor no es suficiente para apagar el fuego. Pero si miramos lo que dice el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales publicada en el BOE > Anexo III > Apartado 9: 

Se instalarán sistemas de bocas de incendio equipadas en los sectores de incendio de los establecimientos industriales si:

  • Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m2 o superior.
  • Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 500 m2 o superior.
  • Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 200 m2 o superior.
  • Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior.
  • Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 500 m2 o superior.
  • Son establecimientos de configuraciones de tipo D o E, su nivel de riesgo intrínseco es alto y la superficie ocupada es de 5.000 m2 o superior.

Tipos de BIE y necesidades de agua:

Además de los requisitos establecidos en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, para su disposición y características se cumplirán las siguientes condiciones hidráulicas:

* Se admitirá BIE 25 mm como toma adicional del 45mm, y se considerará, a los efectos de cálculo hidráulico, como BIE de 45 mm.

El caudal unitario será el correspondiente a aplicar a la presión dinámica disponible en la entrada de la BIE, cuando funcionen simultáneamente el número de BIE indicado, el factor «K» del conjunto, proporcionado por el fabricante del equipo. Los diámetros equivalentes mínimos serán 10 mm para BIE de 25 y 13 mm para las BIE de 45 mm.

Se deberá comprobar que la presión en la boquilla no sea inferior a dos bar ni superior a cinco bar, y, si fuera necesario, se dispondrán dispositivos reductores de presión.

Clasificación de los diferentes tipos de bocas de incendio equipadas:

Las BIE se clasifican en función de su diámetro, tipo de manguera y su coeficiente de descarga (K). Según el Reglamento de Protección Contra Incendios, pueden ser de los tipos BIE de 25 mm y BIE de 45 mm.

1. Boca de incendio equipada de 25mm

La principal característica es que se trata de una manguera semirrígida, y que mantiene la sección circular, tanto si está sometida a presión interior como si no lo está. Gracias a esto se puede utilizar sin necesidad de extenderla en su totalidad, ya que puede circular el agua por su interior aunque se halle parcialmente recogida sobre su soporte.

El diámetro equivalente mínimo para la BIE 25 es de 10 mm, que corresponde a una constante hidráulica (también llamada coeficiente de descarga K) mínima de 42.

2. Boca de incendio equipada de 45mm

La principal característica es que la manguera es flexible y plana (adopta forma cilíndrica cuando está sometida a presión interna). Por esta razón es necesario extender la manguera completamente antes de abrir la válvula de paso de agua. El diámetro equivalente mínimo para la BIE 45 es de 13 mm, que corresponde a una constante hidráulica (K) mínima de 85.

Las de BIE de 25 mm pueden ser usadas por cualquier persona, pero las de 45 mm son de uso exclusivo para bomberos o personal cualificado. 

En general, las BIE pueden estar integradas con otros elementos de protección contra incendios y/o el entorno como por ejemplo extintores, pulsadores manuales de alarma y sirenas. En estos casos se puede optar por la instalación individualizada o por la instalación conjunta de los elementos. En este último caso, la configuración del conjunto es totalmente modular.

Es importante que las BIE estén correctamente señalizadas según la Directiva 92/58/CEE. En su marcado han de incluirse datos sobre el suministrador o la marca, el número de la norma europea, el año en el que se fabricó, la presión máxima, las características de la manguera y el diámetro de la boquilla o lanza.


Normas de referencia en España:

  • Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. 
  • Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI).
  • RD 314/2006 Código Técnico de la Edificación (CTE).
  • RD 1942/1993 Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).
  • UNE EN 671-1 Bocas de incendio equipadas con mangueras semirrígidas.
  • UNE EN 671-2 Bocas de incendio equipadas con mangueras planas.
  • UNE 23580, Partes 1 y 5, Actas para la revisión de las instalaciones y equipos de PCI.
  • Regla técnica CEPREVEN RT2 – Bocas de incendio equipadas.

Fonts d’informació:

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